Ley 11/2023 ст. 6
CAPÍTULO II
Artículo 6. Centros de referencia estatales y autonómicos especializados en accesibilidad.
A los efectos de la dispuesto en este título, son centros de referencia estatales y autonómicos especializados en accesibilidad el Centro de Referencia Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, así como el Real Patronato sobre Discapacidad y sus centros asesores y de referencia, así como las instituciones o entidades, tanto públicas como privadas, de ámbito autonómico.