Decreto-ley 4/2022 ст. 8
CAPÍTULO III
Artículo 8. Revisión del precio y modificación del contrato de concesión de servicios de transporte público regular de viajeros de uso general de Mallorca.
1. Se reconoce a los concesionarios de los servicios de transporte interurbano regular de viajeros en autobús de Mallorca la posibilidad de una revisión del precio del contrato de concesión en los términos y con las condiciones previstas en el artículo 103 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
2. Asimismo, el contrato al que se refiere el apartado anterior podrá modificarse si se hubiesen producido circunstancias sobrevenidas imprevisibles en el momento de la licitación, siempre que se cumplan las condiciones previstas en los artículos 203 y 205 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y de acuerdo con el procedimiento previsto en sus artículos 191 y 207.
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