Ley 10/2021 ст. 65
CAPÍTULO III
Artículo 65. Cuota tributaria.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
En las tarifas en que se apliquen reducciones por la solicitud simultánea de varias muestras, el importe final debe calcularse mediante la suma de los importes parciales que resulten de multiplicar el número de muestras de cada tramo por la tarifa unitaria minorada con el coeficiente reductor asignado a cada uno de ellos.
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