Ley 5/2021 · Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia.
Ley 5/2021 ст. 75
Sección 3
Artículo 75. Formación para el empleo.
La Administración autonómica establecerá, en el ámbito de sus competencias, las bases que permitan el diseño y la implantación ágil de programas de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral para dar respuesta a las necesidades específicas que puedan presentar el mercado laboral gallego y las personas que se pretende atraer para su integración en el mismo.