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Ley 2/2021 · Ley 2/2021, de 8 de enero, de pesca continental de Galicia.

Ley 2/2021 ст. 5

CAPÍTULO I

ДействуетОфициальный текст

Artículo 5. Órganos autonómicos competentes.

La regulación, planificación, ordenación y gestión de la pesca continental y de los recursos piscícolas en todos los cursos y tramos de agua continentales situados dentro de los límites territoriales de la Comunidad Autónoma de Galicia corresponde, en sus respectivos ámbitos competenciales, al Consejo de la Xunta y a la consejería competente en materia de pesca continental.

No obstante, en las zonas de desembocadura en el mar definidas en el segundo párrafo del artículo 4.4, la regulación, planificación, ordenación y gestión de la pesca profesional corresponderá a la consejería competente en materia de pesca marítima.

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