Decreto-ley 8/2020 ст. 7
Artículo 7. Prolongación excepcional de la duración del mandato de cargos estatutarios.
Con carácter excepcional, el mandato de las personas miembros del consejo rector u órgano de gobierno de las cooperativas valencianas y el de las que sean miembro de los demás órganos sociales estatutarios cuyo nombramiento corresponda a la asamblea general, cuando su mandato haya vencido después del 14 de febrero de 2020, queda prolongado hasta el 28 de febrero de 2021, salvo que con anterioridad a esta fecha la asamblea general de la cooperativa haya renovado el referido mandato y la correspondiente certificación se inscriba en el Registro de Cooperativas.