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Ley 8/2020 · Ley 8/2020, de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral.

Ley 8/2020 ст. 4

CAPÍTULO I

ДействуетОфициальный текст

Artículo 4. Instrumentos de planificación.

1. La ordenación y la gestión del litoral deben llevarse a cabo mediante los siguientes instrumentos de planificación:

a) El Plan de protección y ordenación del litoral.

b) Los planes de uso del litoral y de las playas.

2. El Plan de protección y ordenación del litoral y los planes de uso del litoral y de las playas deben aprobarse de acuerdo con el procedimiento específico que determina la presente ley y las disposiciones reglamentarias que la desarrollen.