Decreto-ley 21/2020 ст. 9
CAPÍTULO II
Artículo 9. Causa de revocación y de reintegro de la prestación para suministros básicos.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en la acreditación los requisitos que dan derecho a la prestación por suministros básicos determinará la imposibilidad de su percepción o su revocación y la obligación de reintegrar las cantidades percibidas.