Orden CUD/582/2020 ст. 19
Sección 3
Artículo 19. Resolución y modificación de los proyectos beneficiarios.
1. El plazo máximo para dictar y notificar las resoluciones de los procedimientos de selección será de 4 meses desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
2. Las empresas beneficiarias de las ayudas podrán introducir modificaciones que supongan una reducción no superior al 30 % del presupuesto conforme al cual hubieran obtenido la ayuda, incluidos los gastos relativos a copias, publicidad y promoción, así como los relativos a intereses pasivos y gastos de negociación de préstamos con entidades financieras, siempre que se mantenga el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 11.1 y 14.
Las modificaciones que impliquen una reducción del presupuesto superior al citado porcentaje darán lugar a la exigencia del reintegro total de la ayuda.
3. La introducción de cambios sustanciales en el proyecto aprobado se regirá por lo establecido en el artículo 8.7.
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