Ley 11/2019 · Ley 11/2019, de 20 de diciembre, de Cooperativas de Euskadi.
Ley 11/2019 ст. 142
Sección 5
Artículo 142. Adaptación de estatutos sociales.
1. Si la sociedad cooperativa pequeña superase el número máximo de personas socias trabajadoras o socias de trabajo de duración indefinida, deberá adaptar sus estatutos sociales.
2. Igualmente, las sociedades cooperativas ya constituidas que, reuniendo los requisitos establecidos deseen adoptar la forma de sociedad cooperativa pequeña deberán adaptar sus estatutos sociales a las prescripciones del presente capítulo.