Decreto-ley 8/2020 ст. 85
TÍTULO III
Artículo 85. Compatibilidad de la subvención para empresas turísticas con otras ayudas.
Las subvenciones serán compatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, incluidos los avales y garantías, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismo internacionales, con respeto a las condiciones y límites de la acumulación establecidos en el artículo 5 del Reglamento (UE) 1407/2013.