Decreto-ley 8/2020 ст. 40
CAPÍTULO IV
Artículo 40. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en el que pierda su vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, o en su caso, las prórrogas del mismo.