Orden ICT/155/2020 ст. 4
ANEXO I
Apartado 4. Verificación después de reparación o modificación.
La verificación después de reparación o modificación de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático se realizará conforme al capítulo III de esta orden y a lo indicado en el apéndice II de este anexo.
Estos instrumentos pueden acogerse a lo establecido en el artículo 8 de la presente orden.