Orden ICT/155/2020 ст. 2
ANEXO III
Apartado 2. Fases del control metrológico del Estado.
El control metrológico del Estado establecido en este anexo es el que se regula en las secciones 3.ª y 4.ª del capítulo III del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio que se refieren respectivamente a las fases de evaluación de la conformidad y de instrumentos en servicio.
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