Ley 13/2018 ст. 61
TÍTULO IV
Artículo 61.
Responsabilidades
1. Son responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas, privadas o públicas, que cometen cualquiera de los actos u omisiones tipificados como infracciones.
2. También son responsables de la infracción, los promotores, los constructores y los técnicos que hayan participado en la realización de los hechos infractores.