Real Decreto 284/2019 ст. 37
Sección 2
Artículo 37. Inversiones excluidas.
No se concederá ayuda en virtud del presente real decreto para las inversiones siguientes:
a) Las inversiones de simple sustitución, reposición y de mantenimiento de maquinaria y equipos. Se considerará una inversión de reposición la que suponga la sustitución de una maquinaria o equipo existente por otro y no justifique claramente una mejora o innovación tecnológica o se realice en un plazo inferior a los diez años de adquisición de la maquinaria y equipo a sustituir.
b) Las inversiones en compra de maquinaria y equipos usados.
c) La adquisición de tractores.