Ley 8/2017 ст. 50
CAPÍTULO III
Artículo 50. Derecho a una protección integral, real y efectiva.
La Comunidad Autónoma garantizará a las personas LGTBI y a los niños y niñas que formen parte de una familia homoparental, que sufren o se encuentren en riesgo de sufrir cualquier tipo de discriminación o violencia física o verbal por razón de orientación sexual o identidad de género, el derecho a recibir de forma inmediata una protección integral, real y efectiva.