Ley 8/2018 ст. 57
TÍTULO VII
Artículo 57. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves:
a) El incumplimiento del deber de reducción de emisiones que se establece en el artículo 42.2.c).
b) La reincidencia en una infracción grave cuando se haya sido sancionado en los dos años anteriores a la comisión de esta.