Real Decreto 1179/2018 ст. 29
CAPÍTULO VIII
Artículo 29. Comunicaciones de las comunidades autónomas relativas a la aprobación anual de los fondos operativos.
Las comunidades autónomas, deberán remitir anualmente, hasta el 25 de enero, la información establecida en el artículo 54.a) del Reglamento Delegado (UE) n.º 2017/891.