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Decreto Legislativo 2/2014 · Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado.

Decreto Legislativo 2/2014 ст. 13

Sección 3

ДействуетОфициальный текст

Artículo 13. Deducción por acogimiento familiar de menores.

1. El contribuyente podrá aplicar una deducción de 500 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar, con exclusión de aquéllos que tengan finalidad preadoptiva, siempre que conviva con el menor 183 días durante el período impositivo. Si el tiempo de convivencia durante el período impositivo fuera superior a 90 e inferior a 183 días, el importe de la deducción por cada menor acogido será de 250 euros.

2. Cuando exista más de un contribuyente con derecho a la aplicación de la deducción y éstos realicen declaración individual del impuesto, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.

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