Ley 2/2015 · Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.
Ley 2/2015 ст. 81
Sección 1
Artículo 81. Promoción interna horizontal del personal funcionario de carrera.
1. El personal funcionario de carrera puede acceder a otros cuerpos o escalas del mismo subgrupo o grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que este no tenga subgrupo, siempre que reúna los requisitos establecidos en el apartado primero del artículo 80 y supere las correspondientes pruebas selectivas.
2. La convocatoria del proceso selectivo podrá eximir total o parcialmente de alguna de las pruebas selectivas y/o reducir parte del temario al personal que proceda de un cuerpo o escala que tenga asignadas funciones sustancialmente coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico con las del cuerpo o escala al que desea promocionar.
3. Asimismo, será de aplicación a la promoción interna horizontal del personal funcionario de carrera lo establecido en el segundo párrafo del apartado tercero del artículo 80.