Ley 2/2015 · Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.
Ley 2/2015 ст. 200
TÍTULO X
Artículo 200. Personal funcionario interino.
En los casos y circunstancias contemplados por el artículo 23 de la presente ley, las entidades locales no podrán contratar personal laboral temporal, debiendo nombrar, si resultara necesario, personal funcionario interino en los términos previstos por dicho artículo.