Ley 16/2015 ст. 26
CAPÍTULO V
Artículo 26. Objeto.
La comunicación ambiental autonómica tiene por objeto prevenir y controlar, en el marco de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Extremadura, los efectos sobre la salud humana y el medio ambiente de las instalaciones y actividades sujetas a la misma.