Ley 16/2015 ст. 15
CAPÍTULO III
Artículo 15. Órgano competente.
Corresponde a la Consejería competente en materia de medio ambiente la instrucción, tramitación y resolución del procedimiento de autorización ambiental unificada.
CAPÍTULO III
Artículo 15. Órgano competente.
Corresponde a la Consejería competente en materia de medio ambiente la instrucción, tramitación y resolución del procedimiento de autorización ambiental unificada.