Real Decreto 1067/2015 ст. 11
Sección 1
Artículo 11. La Secretaría del Consejo Rector.
La Secretaría del Consejo Rector corresponderá a la persona titular de la Secretaría General de la Agencia. A la Secretaría le corresponderán las funciones a que hacen referencia los artículos 16, 18 y 19.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, la persona titular de la Secretaría será sustituida por una persona designada por el Consejo Rector entre el personal funcionario de carrera perteneciente a cuerpos o escalas incluidos en el subgrupo A1.
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- Vigente desde 2025-12-12