Real Decreto 948/2015 ст. 18
CAPÍTULO V
Artículo 18. Memoria anual y estadística.
1. La Oficina de Recuperación y Gestión de Activos elaborará una memoria anual de su actividad que será elevada por el Ministro de Justicia al Consejo de Ministros.
2. Las actuaciones realizadas se contabilizarán en un sistema estadístico accesible al público en general que dote de transparencia la gestión de la Oficina.