Ley 9/2013 ст. 21
CAPÍTULO IX
Artículo 21. Comités ejecutivos.
El Pleno del Consejo Gallego de Economía y Competitividad creará los comités ejecutivos que considere convenientes en su seno.
A su vez, estos comités ejecutivos podrán crear las secciones técnicas que consideren convenientes para el mejor tratamiento de las temáticas objetivo.