Ley 9/2012 ст. 89
Sección 4
Artículo 89. Cuota tributaria.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 1. La fase de asesoramiento: 24,00 euros.
Tarifa 2. La fase de evaluación (por cada unidad de competencia): 12,00 euros.
Sección 4
Artículo 89. Cuota tributaria.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 1. La fase de asesoramiento: 24,00 euros.
Tarifa 2. La fase de evaluación (por cada unidad de competencia): 12,00 euros.