Ley 9/2012 ст. 87
Sección 4
Artículo 87. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios técnicos de asesoramiento y evaluación para el reconocimiento de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.