Ley 9/2012 ст. 68
Sección 7
Artículo 68. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten o a quienes se presten cualquiera de los servicios que integran su hecho imponible.
Actuarán como sustitutos del contribuyente, los titulares de las estaciones de inspección técnica de vehículos.