Ley 14/2012 ст. 43
Sección 6
Artículo 43. Convenios de colaboración.
La Agencia Tributaria de la Región de Murcia podrá suscribir convenios de colaboración con otras administraciones y entidades públicas, en cuanto a los ámbitos de actuación que directa o indirectamente le son propios. Dicha colaboración podrá revestir cualquier fórmula jurídica admitida en Derecho.