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Decreto Legislativo 1/2010 · Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Decreto Legislativo 1/2010 ст. 53

CAPÍTULO III

ДействуетОфициальный текст

Artículo 53. Competencias normativas.

1. Corresponde a las personas titulares de las distintas Consejerías dictar las normas necesarias para el desarrollo y ejecución de las actuaciones financiadas en los estados de gastos de las secciones presupuestarias a su cargo, en todo aquello que no esté expresamente atribuido a otro órgano.

2. Dichas facultades corresponden a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, como órgano competente en la gestión del gasto de las secciones correspondientes a «Deuda Pública» y «A Corporaciones Locales por participación en ingresos del Estado»; a las personas titulares de las Consejerías competentes en materia de Administración Pública y de Hacienda, las correspondientes a la sección «Gastos de Diversas Consejerías», cada una en el ámbito de sus respectivas competencias; a la persona titular de la Consejería competente en materia de Agricultura, las correspondientes a la sección del «Fondo Andaluz de Garantía Agraria», y a la persona titular de la Consejería competente en materia de Bienestar Social, las de la sección «Pensiones Asistenciales», siendo de aplicación a las mismas cuantas disposiciones establece la presente Ley para las secciones presupuestarias de las Consejerías.

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