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Decreto Legislativo 1/2010 · Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Decreto Legislativo 1/2010 ст. 17

CAPÍTULO I

ДействуетОфициальный текст

Artículo 17. Órganos competentes para la administración de los recursos.

1. La administración de los recursos de la Hacienda de la Junta de Andalucía corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda y los de las agencias e instituciones, a las personas titulares de su Presidencia o Dirección, sin perjuicio de las competencias que ésta u otras leyes atribuyan a otros órganos.

2. Las personas o entidades que tengan a su cargo la administración de los recursos económicos de la Hacienda de la Junta de Andalucía dependerán de la Consejería competente en materia de Hacienda o del correspondiente órgano, agencia o institución en todo lo relativo a su gestión, entrega o aplicación y a la rendición de las respectivas cuentas.

3. Estarán obligados a la prestación de fianza las entidades privadas o particulares que manejen o custodien fondos o valores de naturaleza pública, en la cuantía y forma que determinen las disposiciones reglamentarias.

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