Decreto Legislativo 1/2010 ст. 106
CAPÍTULO IV
Artículo 106. Documentación anexa a la Cuenta General.
A la Cuenta General se unirá:
a) La cuenta general de tesorería.
b) La cuenta de operaciones extrapresupuestarias.
c) Una memoria sobre el cumplimiento de los objetivos programados, con indicación de los previstos y alcanzados y el coste de los mismos.
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