Real Decreto 1737/2010 ст. 4
ANEXO
Artículo 4. Órganos de inspección.
La autoridad competente en España para la inspección de buques es el Ministerio de Fomento el cual la ejercerá a través de la Dirección General de la Marina Mercante y las Capitanías Marítimas en su calidad, estas últimas de Administración marítima periférica.