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Real Decreto 1440/2010 · Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear.

Real Decreto 1440/2010 ст. 65

TÍTULO V

ДействуетОфициальный текст

Artículo 65. Presupuesto.

1. El Consejo de Seguridad Nuclear elaborará anualmente el anteproyecto de presupuesto con sujeción a lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que remitirá, a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, al Ministerio de Economía y Hacienda, para su elevación al Gobierno y posterior remisión a las Cortes Generales integrado en los Presupuestos Generales del Estado.

2. La elaboración del anteproyecto de presupuesto corresponde al Secretario General y su aprobación, al Pleno.

3. La ejecución y modificación del presupuesto del Consejo de Seguridad Nuclear se regirán por las disposiciones de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que le sean de aplicación.

4. El Consejo de Seguridad Nuclear podrá disponer de cuentas bancarias de gestión para todo tipo de ingresos y pagos en el Banco de España y en la banca comercial.