Real Decreto 1440/2010 ст. 44
CAPÍTULO VII
Artículo 44. Régimen de funcionamiento.
El régimen de funcionamiento del Comité Asesor se ajustará a lo establecido en este Estatuto y, supletoriamente, a las disposiciones sobre funcionamiento de órganos colegiados, previstas en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.