Orden AEC/2172/2010 ст. 22
CAPÍTULO I
Artículo 22. Publicidad de los resultados.
En el tablón de anuncios de la oficina consular se expondrá copia certificada del acta de la comisión electoral. El resultado será comunicado por el jefe de la oficina electoral a los representantes de cada lista y a los candidatos elegidos y se le dará además la difusión que el jefe de la oficina consular estime conveniente, especialmente entre las asociaciones españolas de la circunscripción.