Orden CUL/2834/2009 ст. 81
Sección 5
Artículo 81. Resolución y pago de las ayudas.
1. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses desde el día siguiente a la fecha límite para la presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria.
2. La ayuda se hará efectiva mediante un único pago tras la resolución de concesión.