Orden CUL/2834/2009 ст. 62
Subsección 6
Artículo 62. Objeto.
1. Los productores independientes que reúnan las condiciones generales para obtener la condición de beneficiario, podrán acceder a las ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto y ya realizados, previstas en el artículo 20.1.b) del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre.
2. Dichas ayudas son compatibles entre sí, sin que la suma de ambas pueda superar el coste de la película y con el límite máximo de 70.000 euros por película beneficiaria.