Ley 2/2008 · Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria.
Ley 2/2008 ст. 20
Subsección 1
Artículo 20. Funcionarios de carrera.
Los miembros del Cuerpo General de la Policía Canaria son funcionarios de carrera de la Comunidad Autónoma de Canarias y se rigen por lo que se establece en la presente ley y en la Ley de la Función Pública Canaria.