Ley 3/2008 · Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia.
Ley 3/2008 ст. 17
CAPÍTULO I
Artículo 17. Actuaciones previas.
Con carácter previo al inicio del procedimiento para el otorgamiento de derechos mineros sometidos a evaluación ambiental, la persona promotora podrá solicitar, a través del órgano minero, la elaboración del documento de alcance del estudio de impacto ambiental, para lo cual habrá de presentar el documento inicial del proyecto de conformidad con la legislación de evaluación ambiental vigente.
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