Правовая библиотека и анализ дел · Австрия · Бельгия · Европейский союз
LAWxPERT Вход Бесплатная учётная запись

Ley 4/2007 · Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales.

Ley 4/2007 ст. 68

CAPÍTULO III

ДействуетОфициальный текст

Artículo 68. Razones excepcionales.

El alcalde podrá requerir, motivadamente, dando cuenta al responsable de la consejería en materia de seguridad, a los funcionarios de los cuerpos de la Policía local en situación de segunda actividad para el cumplimiento de funciones policiales, cuando concurran razones excepcionales de seguridad ciudadana que reglamentariamente se determinarán.