Ley 6/2006 · Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ley 6/2006 ст. 15
CAPÍTULO IV
Artículo 15. Derechos inherentes al cargo.
Quien ejerza la Presidencia de la Junta de Andalucía tiene derecho a:
a) La precedencia sobre cualquier autoridad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la que le reserve la legislación del Estado.
b) Los honores atribuidos en razón de su cargo.
c) Utilizar la bandera y el escudo de Andalucía como distintivo.
d) Percibir las retribuciones establecidas en su normativa específica.
e) Ocupar la residencia oficial que se establezca con el personal, servicios y dotación correspondiente.
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