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Ley 3/2005 · Ley 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo.

Ley 3/2005 ст. 23

TÍTULO IV

ДействуетОфициальный текст

Artículo 23. Régimen presupuestario y contable.

1. El presupuesto del Sepepa ha de ser equilibrado en sus estados de ingresos y gastos, quedando sometido, en todo lo que no se establezca específicamente en esta Ley, al Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias.

2. La autorización de gastos del Sepepa corresponde:

a) La de gastos de personal, al Presidente, hasta la cuantía reservada al Consejo de Gobierno por el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias.

b) La de gastos del resto de los capítulos presupuestarios:

1.º Hasta trescientos mil (300.000) euros, al Director Gerente.

2.º Por encima de trescientos mil (300.000) euros, al Presidente, hasta la cuantía reservada al Consejo de Gobierno por el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias.