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Decreto Legislativo 1/2002 · Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

Decreto Legislativo 1/2002 ст. 226

CAPÍTULO XXXIX

ДействуетОфициальный текст

Artículo 226. Tarifa.

Tarifa 3901. Autorización de oficinas de farmacia.

3901.1 En expedientes iniciados a instancias del farmacéutico o sus herederos legales para la autorización de traslado o transmisión de una oficina de farmacia. Por cada solicitud: 538,18 euros.

3901.2 En expedientes de apertura de nuevas oficinas de farmacia iniciados de oficio por la Comunidad de Madrid o a petición de farmacéutico. Por cada solicitud: 538,18 euros.

3901.3 En expedientes relativos a la autorización de local para la instalación de nueva oficina de farmacia cuya apertura ha sido previamente autorizada. Por cada solicitud: 358,80 euros.

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