Ley 13/2001 ст. 52
TÍTULO V
Artículo 52. Disposiciones generales.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, la distribución de medicamentos y productos sanitarios desde los laboratorios fabricantes y los importadores a las oficinas de farmacia y servicios de farmacia legalmente autorizados, podrá realizarse a través de los almacenes mayoristas.