Ley 12/2001 ст. 80
CAPÍTULO XIV
Artículo 80. Exención y bonificación.
1. Están exentos del pago de esta tasa los sujetos pasivos receptores de estos servicios cuando se hay declarado oficialmente una epizootía o zoonosis o se trate de acciones sanitarias de carácter especial y así lo establezca la normativa que las regule.
2. Asimismo, están exentos del pago de esta tasa los sujetos pasivos que obtengan mediante tramitación telemática la documentación necesaria para el transporte y circulación de animales.
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