Ley 12/2001 ст. 29
CAPÍTULO III
Artículo 29. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que soliciten la participación como aspirantes en dichas pruebas selectivas.
La tasa se devengará en el momento de la solicitud de la participación en las pruebas selectivas, la solicitud no se admitirá mientras no se haya efectuado el pago de la tasa, excepto para los opositores exentos de su pago.