Ley 12/2001 ст. 204
CAPÍTULO XLIII
Artículo 204. Cuotas.
La tasa por la evaluación o emisión de informe de cada figura contractual se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
a) Si la tramitación en alguna de las fases de procedimiento se hace de manera presencial: 55,00 euros.
b) Si la tramitación de todo el procedimiento se hace de forma telemática: 50,00 euros.
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